miércoles, 17 de junio de 2020

Reglamento y Código de ética de la UnaDM


Estimados compañeros, después de leer el Reglamento de la UnADM, me gustaría compartirles lo que más llamó mi atención:

Comencemos con los requisitos que tendremos que cumplir para solicitar la reinscripción a las asignaturas o módulos del semestre escolar inmediato siguiente; estos son: no adeudar más de tres asignaturas o determinado número de módulos según corresponda a cada programa educativo; Seguir la seriación establecida en el plan de estudios que esté cursando; No rebasar el plazo máximo establecido para concluir mi plan de estudios previsto en el Capítulo Tercero del Reglamento en mención, y las que no se encuentre en los supuestos previstos en el artículo 61, fracciones III, IV o V. (Artículo 9).

A continuación, les comento los casos en los que podremos cursar la carga académica máxima y estos podrán ser cuando hayamos cursado y acreditado, de forma regular, el total de las asignaturas o módulos de los semestres anteriores, y cuando éstos, estén disponibles para su registro en la plataforma electrónica. (Artículo 24).

Cabe señalar que en el artículo 29, se define la obligación de entregar evidencias de aprendizaje inéditas. (Artículo 29).

Es necesario mencionar que tendremos dos oportunidades para cursar cada asignatura o módulo, la primera se considerará ordinaria y la segunda, recursamiento. (Artículo 32).

No es menos importante comentarles que debemos tener cuidado en nuestras participaciones y/o actividades, ya que cuando no exista evidencia de actividades académicas, como la entrega de tareas, participación en foros, archivos enviados, actividades colaborativas realizadas en la plataforma electrónica, durante un periodo de veintiún días naturales consecutivos, contados a partir del inicio del bloque, nuestro historial académico se registrará con NP (no presentó) en la o las asignaturas o módulo; esta disposición aplicará una sola vez por asignatura o módulo del mapa curricular y dicha inactividad puede causar baja en cualquiera de las asignaturas o módulos en los que nos hayamos inscrito. (Artículo 40).

Es bueno saber que los estudiantes debemos cubrir la totalidad del plan de estudios en un plazo que no excederá del 100% adicional al tiempo previsto, contado a partir de nuestra inscripción. (Artículo 45).

Así mismo, es fundamental aclarar que en los artículos 57, 58 y 59 están plasmados los derechos, las obligaciones y las causas de responsabilidad de los estudiantes. (Artículos 57, 58 y 59).

Continuando con el tema del Reglamento y según mi juicio, considero que es importante que cada uno de nosotros realice en las aulas virtuales, las actividades señaladas en los programas de estudio, ya que debemos hacer uso responsable de la matrícula y clave de acceso a la plataforma electrónica, lo anterior, por ser un medio de identificación legítimo y de carácter personal, exclusivo e intransferible. (Artículo 58 fracción III y III Bis).

Para concluir, les comentaré que, en el Código de ética de la UnADM, localicé en el apartado 2 el que habla de Honestidad, un principio ético interesante que habla sobre respetar la propiedad intelectual de otras personas, otorgando reconocimiento a las obras creadas por otros, evitando realizar acciones contrarias a los principios éticos que deben prevalecer entre los estudiantes de la Universidad. (Principio 2 Honestidad, inciso 3.)

2 comentarios:

  1. Hola Pilar buenas tardes.
    Me llamo mucho la atención tu nube de palabras al igual que el diseño, te felicito por tu presentación en tu blog. Te deseo mucho éxito. Saludos

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  2. Gracias Alejandro, te comento que no me fue fácil, estaba un poco agobiada y preocupada por desconocer todo esto de la tecnología, pero al parecer creo lo hice bien, jeje.
    Saludos y también te deseo mucho éxito.

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